Entro en vigencia bajo la Ley 1258 de Diciembre 5 de 2008 como remplazo de las sociedades unipersonales.
Se establece a través de Documento Privado,registrado en camara de comercio.
- Solo necesita 1 accionista y no tiene limite máximo.
- Los accionistas Responden hasta el monto de sus aportes por las obligaciones sociales.
- La naturaleza de esta sociedad siempre sera de carácter comercial.
- con esta nuevo tipo de sociedad crear empresa para cualquier individuo se pude hacer de una manera fácil y sencilla, sin muchas requisitos.
- La razón social de esta debe ser el nombre seguido de la sigla S.A.S.
EN ESTE BLOG ENCONTRARAS LOS TIPOS DE SOCIEDADES Y SUS CARACTERISTICAS MAS PARTICULARES.
sábado, 21 de abril de 2012
SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS S.A.S
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